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1.1.- Ayudas en la Unión Europea. |
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Habiendo finalizado el
31 de marzo de 2005 la vigencia del reglamento (CE) nº 1177/2002, del
Consejo de 27 de junio de 2002, relativo a un
mecanismo
defensivo temporal para la construcción naval, actualmente las
ayudas a este sector industrial se rigen por el nuevo marco que se
expone a continuación. |
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| Nuevo Marco. |
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MARCO APLICABLE A LAS AYUDAS ESTATALES A LA CONSTRUCCIÓN NAVAL
(2003/C 317/06), DOCE C317/11, de 30.12.2003, por el que
se adaptan a la construcción naval una serie de disposiciones
horizontales de ayudas, mediante disposiciones específicas referidas a los siguientes campos: |
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| Ayudas a la investigación, el desarrollo y la innovación. (Hasta el 20%).
Ayuda al cierre.
Ayuda a la creación de empleo.
Créditos a la exportación (Acuerdos OCDE).
Ayuda al desarrollo (Acuerdos OCDE).
Ayuda regional (Hasta el 22,5%). |
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Todos los planes de concesión de una nueva ayuda se notificarán a la Comisión y los Estados miembros presentarán a la Comisión informes anuales sobre todos los regímenes de ayuda existentes. Este Marco será aplicable desde el 1 de enero de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2006 como máximo. |
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Es de significar que en el texto español publicado en el DOCE, se ha
cometido el error de traducir en el apartado 3.3.4 de "shipowners" por
"propietarios de astilleros", corregido en la
"Corrección de
errores de la Comunicación de la Comisión: Marco aplicable a las
ayudas estatales a la construcción naval" en el Diario Oficial de
la Unión Europea el 30.42004 c 104/71 |
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1.2.- Ayudas en España. |
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Normativa.- La concesión de ayudas a la construcción naval en España está regulada por el Real Decreto 442/1994, de 11 de marzo, sobre primas y financiación a la construcción naval. (B.O.E. del 22.04.94). Sin embargo, el tiempo transcurrido desde su publicación ha obligado a introducir sucesivas modificaciones tanto para adaptarlo a los cambios de la reglamentación comunitaria, como para eliminar condicionantes innecesarios o limitar o permitir ayudas a ciertos tipos de construcciones. Para ello ha sido necesario la publicación de los siguientes Reales Decretos: |
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- Real Decreto 1395/1995, de 4 de agosto. (B.O.E. del 30.11.95)
- Real Decreto 1562/1997, de 10 de octubre (B.O.E. del 18.10.97)
- Real Decreto 2600/1998, de 4 de diciembre (B.O.E. del 17.12.98)
- Real Decreto 3452/2000, de 22 de diciembre (B.O.E. del 23.12.00)
- Real Decreto 1274/2003 de 10 de octubre (B.O.E. del 17.10.03)
- Real Decreto
59/2005 de 21 enero (B.O.E. del 01.02.05) La incorporación de todas
las modificaciones da lugar a un Texto
refundido del Real Decreto 442/1994 |
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Tramitación.- Todo el proceso de solicitud, propuesta, concesión y devengo de la ayuda esta recogido en el Reglamento de Primas y Financiación a la Construcción Naval, aprobado por Orden Ministerial de 26 de septiembre de 1994 (B.O.E. de 30.09.94). La ayuda se concede por el Ministerio de
Industria Turismo y Comercio (Dirección General de Desarrollo
Industrial) a propuesta de la Gerencia del Sector Naval. |
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